Roxa División Hostelería

Roxa División Hostelería

Roxa, S.L. sociedad cabecera del GRUPO ROXA división hostelería,  con la clara voluntad de atender y atajar en el seno de la propia empresa, de forma diligente y eficaz, cualquier conducta irregular o ilegal susceptible de generar consecuencias perjudiciales para la empresa, y a efectos de potenciar una cultura de cumplimiento y de respeto a los principios y valores que integran nuestros valores y principios éticos ha configurado un Sistema Interno de Información centrado en asegurar un uso asequible del mismo por parte de nuestros trabajadores, proveedores, colaboradores y, en general, cualquier persona vinculada directa o indirectamente con la empresa, con garantías de confidencialidad, de correcto seguimiento y tramitación de la información, así como de protección al informante a fin de erigirlo como el vehículo de información preferente. 

Estas comunicaciones deben hacerse, en todo caso, de buena fe y en los términos recogidos en el “Protocolo del Sistema Interno de Información”, pues no quedarán amparadas conductas consistentes en la remisión de informaciones falsas, tergiversadas, así como aquellas que se han obtenido de manera ilícita.

El Responsable del Sistema Interno de Información es el encargado de velar por la investigación de las posibles irregularidades y evaluar las mismas, resolviendo las cuestiones planteadas conforme al referido “Protocolo del Sistema Interno de Información”, y como tal actuará en todo momento de forma independiente y autónoma, garantizando a las personas afectadas por cualquiera de sus actuaciones:

  • La confidencialidad de todos los datos y antecedentes manejados
  • El análisis exhaustivo y objetivo de cualquier dato. 
  • El respecto al derecho de audiencia y a la presunción de inocencia de cualquier persona afectada. 
  • La ausencia de represalias contra cualquier informante u otra persona colaboradora. 
  • La adopción, en su caso, de las medidas de protección que sean necesarias para poder llevar a buen término la investigación y asegurar los derechos del informante.

En el caso de que en su información (denuncia) nos deje una dirección de correo electrónico, recibirá en ella las notificaciones de los pasos de la investigación o eventual archivo del expediente, así como la comunicación de cualquier otra situación vinculada con la información que nos hubiese trasladado, como puede ser: i) la petición de información adicional o de alguna aclaración, ii) la comunicación de cualquier cambio en el encargado de la investigación, etc. 

Si desea trasladarnos una información (denuncia) a través del sistema de formulario web habilitado deberá indicarnos si desea comunicarla de manera anónima o identificándose. Tenga en cuenta que, en caso de que opte por el anonimato, no nos podremos poner en contacto con usted. No obstante, en todo momento usted podrá conocer el estado de su información (denuncia) mediante el código único que se le generará al momento de enviarnos la comunicación.

Más información sobre el Sistema Interno de Información

¿Qué es el Canal Ético?

Es el medio confidencial que usted puede usar para informarnos sobre conductas relacionados con miembros vinculados a la Empresa que no son, o cuanto menos no parecen, correctas.

No es necesario que usted sea un empleado de Roxa  División de Hostelería para usar nuestro Sistema Interno de Comunicación, queremos contar con la ayuda de todos los que puedan informar de cualquier problema que tenga relación con nosotros.

La información podrá registrarla: i) Por escrito, a través de correo postal o cualquier medio electrónico habilitado, concretamente a través de un formulario de denuncia incluido en la página web. En cuyo caso se generará de forma instantánea un código de seguimiento único y personal para cada Informador, que le permitirá hacer un seguimiento del estado en el que se encuentra la tramitación de su Comunicación; ii) Verbalmente, por vía telefónica a través del número 971.22.93.83 o través de sistema de mensajería de voz; o iii) mediante una reunión presencial en el despacho del Responsable del Sistema o lugar expresamente convenido entre las partes.

¿Tengo que identificarme?

Si bien desde Roxa División de Hostelería confiamos en trasladarle la confianza suficiente para que se sienta cómodo y seguro como para decirnos quien es, no hay ninguna obligación de que lo haga, pudiendo formular la denuncia de forma completamente anónima. 

En cualquiera de los casos, tanto si decide facilitarnos su identidad como si prefiere mantenerse en el anonimato al formular la denuncia a través del formulario web se le facilitará una clave y una contraseña personalizada para que pueda acceder al apartado de “seguimiento de la denuncia” y recibir actualizaciones sobre el estado de su tramitación. 

¿Qué tipos de situaciones se pueden comunicar?

Por medio del Sistema Interno de Información, y sin perjuicio de cuanto se detalla en su Protocolo de desarrollo, usted podrá denunciar, con total indemnidad y confidencialidad:

  • Infracciones del derecho de la Unión Europea siempre que: i) se enmarquen en el ámbito de la contratación pública (salvo procedimientos que hayan sido declarados secretos o reservados), adjudicación de concesiones o contratos, servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, mercado y consumidores, medio ambiente, naturaleza, biodiversidad y clima, así como salud pública y protección y bienestar de los animales, ii) afecten a intereses financieros, iii) incidan en el mercado interior, y/o iv) se cometan en materia de competencia, ayudas otorgadas por el Estado o fiscalidad. 
  • Conductas que puedan ser constitutivas de infracción penal, tales como actos de corrupción, fraude, trato de favor, etc.
  • Conductas que puedan ser constitutivas de infracción administrativa
  • Infracciones del derecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • Incumplimientos de normas, protocolos, procedimientos o políticas internas  del Grupo Roxa.

¿Cuándo hacer la comunicación/denuncia?

Esperamos de usted que use nuestro Sistema Interno de Información cuando advierta que se está dando cualquier situación o conducta ilícita o irregular, o simplemente sienta que lo que está ocurriendo no está bien. 

Solo podemos poner solución si conocemos que algo está funcionando mal y es precisamente en nuestro afán de conocer la realidad de lo que acontece por lo que les pedimos su colaboración.

Los valores de Roxa, División de Hosteleria  se sustentan sobre la responsabilidad, confianza e integridad. Por ello, nuestro Código Ético recoge las reglas éticas más exigentes, como elemento integrador y relevante de la cultura empresarial de Grupo Roxa.. Como herramienta para hacer valer la defensa de los principios y valores que integran dicha cultura, ponemos a disposición de los particulares este Canal Ético a fin de que trabajadores, particulares, proveedores, etc., puedan informar, de forma confidencial y sin temor a represalias, sobre cualquier posible irregularidad o incumplimiento del Código Ético de Roxa,, Division de Hostelería. El uso del presente Canal es voluntario y las reclamaciones deben hacerse, en todo caso, de buena fe, no amparándose actuaciones que resulta indispensable excluir de la protección, tales como la remisión de informaciones falsas, tergiversadas, así como aquellas que se han obtenido de manera ilícita. ¡OJO! Tenga en cuenta que “comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad” se considera infracción muy grave y que la Ley prevé multa desde 30.001 hasta 300.000 euros para las personas físicas que la cometan [artículos 63.1.f) y 65.1.a) de la Ley 2/2023, de 16 de febrero].

El Responsable del Sistema  de Roxa, División de Hostelería velará por la investigación de las posibles irregularidades y evaluará las mismas, siendo el encargado de resolver las cuestiones planteadas conforme al procedimiento descrito en el Código Ético. En el caso de que en su información (denuncia) nos deje una dirección de correo electrónico, recibirá en ella las notificaciones de los pasos de la investigación o eventual archivo del expediente.

Tenga asimismo en cuenta que, en el caso de que la conducta denunciada pudiera ser constitutiva de delito, se procederá a su comunicación inmediata al Ministerio Fiscal o remisión a otra Autoridad u Organismo que pudiera resultar competente para la tramitación de la comunicación. En el caso de que los hechos afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, se remitirá a la Fiscalía Europea. No obstante, en el caso de que la denuncia no sea anónima, tenga en cuenta que su identidad será preservada y solo podrá ser comunicada a la Autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente en el marco de una investigación penal, disciplinaria o sancionadora.

Si desea realizar una información (denuncia) en el Canal Ético de trabajadores, particulares y proveedores de  Roxa División de Hostelería, deberá indicarnos si desea comunicarla de manera anónima o identificándose. Tenga en cuenta que, en caso de que opte por el anonimato, no nos podremos poner en contacto con usted. No obstante, en todo momento usted podrá conocer el estado de su información (denuncia) mediante un código.

El Canal Ético también le permite realizar una mera Consulta.

 

La Información (Denuncia) puede realizarse con identificación del informante (denunciante), o incluso de forma anónima. Ten en cuenta que si se opta por el anonimato, la persona informante no podrá recibir información de la evolución de la misma, sino que solo podrá ver el progreso de su estado, accediendo directamente a la opción seguimiento con el ID que se le facilitará al final del envío de la Información (Denuncia).

Ten en cuenta que tanto el informante como las personas afectadas por la denuncia tendrán derecho a la preservación de su identidad, en los términos previstos en el artículo 32 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero. Además, las personas informantes cuentan con una serie de derechos, cuando las informaciones que proporcionen cumplan con los requisitos de los artículos 2 y 35 de esa norma, entre los que destaca la prohibición de represalias (artículo 36). Considera también las medidas de apoyo y de protección frente a las represalias que la Ley recoge en sus artículos 37 y 38.

No obstante, ten también en consideración que “comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad” se considera infracción muy grave y que la Ley prevé multa desde 30.001 hasta 300.000 euros para las personas físicas que la cometan [artículos 63.1.f) y 65.1.a) de la citada Ley].

Por motivos de seguridad tienes 20 minutos para realizar tu comunicación a contar desde el momento en que accediste a esta página.

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El uso del presente Canal es voluntario y las consultas y/o informaciones deben hacerse, en todo caso, de buena fe, no amparándose actuaciones que resulta indispensable excluir de la protección, tales como la remisión de informaciones falsas, tergiversadas, así como aquellas que se han obtenido de manera ilícita. ¡OJO! Ten en cuenta que “comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad” se considera infracción muy grave y que la Ley prevé multa desde 30.001 hasta 300.000 euros para las personas físicas que la cometan [artículos 63.1.f) y 65.1.a) de la Ley 2/2023, de 16 de febrero].

Ten asimismo en cuenta que, en el caso de que la conducta denunciada pudiera ser constitutiva de delito, se procederá a su comunicación inmediata al Ministerio Fiscal o remisión a otra Autoridad u Organismo que pudiera resultar competente para la tramitación de la comunicación. En el caso de que los hechos afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, se remitirá a la Fiscalía Europea. No obstante, en el caso de que la denuncia no sea anónima, ten en cuenta que tu identidad será preservada y solo podrá ser comunicada a la Autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente en el marco de una investigación penal, disciplinaria o sancionadora.

AVISO

El uso del presente Canal es voluntario y las consultas y/o informaciones deben hacerse, en todo caso, de buena fe, no amparándose actuaciones que resulta indispensable excluir de la protección, tales como la remisión de informaciones falsas, tergiversadas, así como aquellas que se han obtenido de manera ilícita. ¡OJO! Ten en cuenta que “comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad” se considera infracción muy grave y que la Ley prevé multa desde 30.001 hasta 300.000 euros para las personas físicas que la cometan [artículos 63.1.f) y 65.1.a) de la Ley 2/2023, de 16 de febrero].

Ten asimismo en cuenta que, en el caso de que la conducta denunciada pudiera ser constitutiva de delito, se procederá a su comunicación inmediata al Ministerio Fiscal o remisión a otra Autoridad u Organismo que pudiera resultar competente para la tramitación de la comunicación. En el caso de que los hechos afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, se remitirá a la Fiscalía Europea. No obstante, en el caso de que la denuncia no sea anónima, ten en cuenta que tu identidad será preservada y solo podrá ser comunicada a la Autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente en el marco de una investigación penal, disciplinaria o sancionadora.

IMPORTANTE: Tenga en cuenta que las comunicaciones verbales que realice durante la reunión presencial solicitada se documentarán de alguna de las formas siguientes, previo su consentimiento:

  • a) mediante una grabación de la conversación en un formato seguro, duradero y accesible, o
  • b) a través de una transcripción completa y exacta de la conversación realizada por el personal responsable de tratarla.

Sin perjuicio de los derechos que le corresponden de acuerdo a la normativa sobre protección de datos, se le ofrecerá la oportunidad de comprobar, rectificar y aceptar mediante su firma la transcripción de la conversación.